Fonasa
Trámites a seguir en caso de ser beneficiario del Seguro Nacional de Salud (FONASA).
¿Quiénes tienen derecho a la “afiliación mutual” por FONASA?
Los trabajadores activos y pasivos están amparados al beneficio de FONASA. Este se extiende a su núcleo familiar: hijos menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad, cónyuges o concubinos que no aporten al FONASA. Por más información, ingrese a: Afiliación mutual de trabajadores.
¿Cuándo debo realizar el alta de FONASA en BCBSU?
Siempre que ingrese a una nueva actividad laboral o modifique su situación en la misma, deberá realizar el trámite de “Afiliación mutual” ante BlueCross & BlueShield de Uruguay.
El trámite debe realizarse de forma presencial antes del primer día hábil de cada mes para quedar registrados en nuestra institución a partir del mes siguiente.
Usted recibirá el aporte FONASA a partir de los 90 días de realizado el trámite, siendo éste el momento en que se descontará el importe de su cuota de afiliación a BlueCross & BlueShield de Uruguay.
¿Puedo hacer el trámite del FONASA en forma electrónica?
A partir del primero de febrero de 2020 entró en vigencia el sistema MORE (Movilidad Reguladora) que solicita la huella dactilar para la realización del trámite de afiliación de FONASA, por lo que en todos los casos el afiliado debe presentarse personalmente en casa central en Carrasco, o en las oficinas de Clínica Oliva, Punta del Este, La Tahona, o Jacksonville.
¿Qué documentación es necesaria para realizar el alta del FONASA?
El trámite lo deberá realizar dentro de los 30 días del inicio de la actividad, presentando cédula de identidad vigente: Se le tomará un registro fotográfico y la lectura electrónica de su huella dactilar.
Para afiliar cónyuges se deberá presentar además testimonio de partida de matrimonio (original) con 30 días de vigencia. En caso de matrimonios en el extranjero, presentar testimonio de partida apostillado o legalizado (original), y si fuera necesario traducido.
Para menores de edad se debe presentar cédula de identidad vigente y testimonio de la partida de nacimiento (original) con 30 días de vigencia. En caso de nacimientos en el extranjero presentar testimonio de la partida apostillado o legalizado, y si fuera necesario traducido. En los casos de reconocimiento debe ingresarse la fecha de reconocimiento del menor (anotación marginal en la partida de nacimiento) y para legitimaciones adoptivas desde la fecha de la sentencia judicial.
Los recién nacidos quedarán afiliados al prestador asistencial de la madre siempre y cuando el vínculo familiar se registre correctamente. Ante cualquier consulta puede comunicarse con “Atención al Cliente” para brindarle asesoramiento al respecto. Para afiliar concubinos deberán concurrir ambos integrantes y firmar una declaración jurada del vínculo ante funcionario de BPS. Los trabajadores deben informar a sus empleadores cualquier cambio en su núcleo familiar.